
Por considerar que la cobranza ilegítima de cobradores es una práctica que violenta los derechos humanos y genera problemas de salud e interrumpe la tranquilidad de las familias, el Congreso del Estado de Nuevo León, aprobó las reformas al Código Penal de Nuevo León, para tipificar como delito dicha práctica.
El hostigamiento de cobradores y las llamadas de despachos que amenazan a los ciudadanos con embargarles ilegalmente sus pertenencias, se les castigará con una pena de 6 meses a 2 años de prisión, además de sanciones que van de los 150 a 300 salarios mínimos.
Las modificaciones de las reformas al Código Penal de Nuevo León, se harán en el Artículo 294 Bis, ésta iniciativa fue votada por unanimidad en el Congreso del Estado.
Las sanciones que correspondan si para tal efecto se emplearon documentación, sellos falsos o se usurparon funciones públicas o de profesión, la reparación del daño cometido se estará a lo dispuesto en los artículos 45 Bis y 143 de este Código.
«En la iniciativa que nos ocupa, se considera que las actuaciones de cobranza extrajudicial efectuadas por particulares se emplean diversos medios de coacción y amenazas para obtener la satisfacción de sus intereses, teniendo entre sus prácticas más comunes realizar llamadas en diversos horarios, en fines de semana o envían cartas intimidatorias y amenazantes a hogares y lugares de trabajo de las personas que continúan en sus bases de datos, todo ello alejándose de todo medio permitido por la ley para ejercer el propio derecho«, mencionó el Diputado Gabriel Tláloc Cantú Cantú.
Garza Sada
@GarzaSadaCom





